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Los sistemas de puesta a tierra generalmente generan inquietudes en el ámbito profesional. En esta nota respondemos las preguntas más frecuentes.

1. ¿Qué sección debe tener el conductor de puesta a tierra?

En primer lugar, se debe diferenciar entre el conductor de puesta a tierra y el conductor de protección PE. Si bien ambos forman parte de la instalación, el conductor de puesta a tierra es el que conecta el electrodo y la barra principal de tierra; mientras que el conductor de protección PE, es el que recorre la instalación integralmente y al cual se unen las distintas masas eléctricas y barras secundarias de tierra.

Por ejemplo, si se tiene un conductor de línea de sección S de 16mm2, el conductor de protección PE también será de 16mm2. En cambio, si la sección del conductor de línea es de 70mm2, la del conductor de protección será de la mitad, es decir, 35mm2. Se debe considerar además que la sección mínima para los conductores de puesta a tierra no deberá ser inferior a 4mm2. Para los conductores de protección PE la sección no será menor a 2,5mm2 si están protegidos mecánicamente o 4mm2 en caso de no estarlo.

2. Tengo varias jabalinas en la instalación ¿deben estar todas unidas entre sí?

En una instalación no pueden existir puestas a tierra independientes, debe existir un único sistema de tierras integradas en el cual se asegure la equipotencialidad entre todos los electrodos o jabalinas. No es correcto contar con sistemas de puesta a tierra independientes para protección ante descargas atmosféricas o tierras funcionales electrónicas. Si bien un sistema de protección contra descargas atmosféricas contará con su propia instalación de puesta a tierra, tal lo especifica la Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo, la misma debe estar vinculada con la puesta a tierra de protección de la instalación eléctrica para obtener la equipotencialidad entre las mismas.

3. ¿Qué valor de resistencia debe tener mi sistema de puesta a tierra?

Lo primero que se debe considerar para responder esta pregunta es ¿qué esquema de conexión a tierra (ECT) tengo? Los más utilizados son los esquemas TT y TN-S. En el ECT TT, al producirse una corriente de falla la misma circula por tierra, es decir, es una corriente de falla a tierra, y la misma pasa a través de los electrodos de puesta a tierra de protección de nuestra instalación y de servicio del transformador. Por ello, para este esquema, es importante conocer el valor de la resistencia de puesta a tierra.

4. Conectando a tierra la carcasa del motor ¿estoy protegido en caso de contacto indirecto?

No, únicamente conectando las masas eléctricas al sistema de puesta a tierra no se puede garantizar la protección de las personas ante contactos indirectos. Es necesaria la conexión a tierra, pero no suficiente. De forma obligatoria se debe coordinar con un dispositivo de protección que detecte la corriente de falla e interrumpa la alimentación del circuito en el que se produjo la falla de aislación.

En los ECT tipo TT es necesaria la instalación de dispositivos diferenciales, mientras que para ECT tipo TN-S se puede optar además por interruptores automáticos o fusibles. En estos casos se debe asegurar que los interruptores automáticos respondan a la corriente de falla o que los fusibles se fundan en el tiempo máximo exigido por las normativas.

5. ¿Está permitido realizar la medición de impedancia de lazo?

Si, para esquemas de conexión a tierra tipo TT, la medición de impedancia de lazo puede reemplazar a la medición de resistencia de puesta a tierra. Los valores medidos serán mayores, pero siempre que se ubiquen por debajo de los máximos establecidos en la tabla 771.3.I se estará cumpliendo con lo requerido por las reglamentaciones vigentes.

6. ¿Qué normativa aplica en Argentina en lo referente a sistemas de puesta a tierra?

En nuestro país todas las instalaciones de puesta a tierra deben responder a la “Reglamentación para la ejecución de las instalaciones eléctricas en inmuebles A.E.A. 90364”, esto se establece a través de los decretos reglamentarios de la Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo 19587. Un punto de confusión se genera por la existencia de la norma IRAM 2281, pero se debe aclarar que la misma no tiene validez legal. En lo referente a los materiales de electrodos o conductores a utilizar en una instalación de puesta a tierra, sí se deben respetar los lineamientos establecidos por las diferentes normas IRAM aplicables.

En la actualidad se encuentra en vigencia la Resolución 900/15 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo denominada “Protocolo para la Medición del valor de puesta a tierra y la verificación de la continuidad de las masas en el Ambiente Laboral”. La misma tiene el objetivo de verificar el cumplimiento de las condiciones de seguridad de las instalaciones eléctricas frente a los riesgos de contacto indirecto a que pueden quedar expuestos los trabajadores.

FUENTE:

www.msinet.com.ar